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Por Abelardo Caroca , 22 de agosto de 2024 | 11:07

Elecciones Municipales: RN declaró candidatos a las 23:59:59 horas

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El partido inscribió sus candidatos a concejal de la comuna de Lolol a las 23:59:59 horas, y en apelación al Tribunal Electoral Regional indicó que sistema dejó de funcionar a las 23:58 horas.

El equipo jurídico de Renovación Nacional (RN) recibió un duro golpe por parte del Tribunal Electoral Regional (TER) de la Región de O’Higgins, al rechazar la reclamación presentada por el partido contra la resolución del Servicio Electoral (Servel), que excluyó las candidaturas de concejales en 15 comunas del distrito 16.

En representación de RN, el abogado Marcelo Brunet Bruce interpuso una reclamación contra la Resolución 0 N°78 del Director Regional del Servicio Electoral, argumentando que “se suscitó una situación a las 23:58 horas del 29 de julio de 2024. Mientras se subían las candidaturas de concejales de todo Chile a la plataforma del Servicio Electoral, cuyo enlace es: http://candidaturas.servel.cl, el sistema se vio interrumpido”.

El distrito 16 es el más afectado por la no inscripción de candidatos a concejales. Incluso, seis concejales en ejercicio no podrán optar a la reelección. Como resultado, Pichilemu, La Estrella, Pumanque, Las Cabras, Palmilla, Navidad, San Fernando, Peumo, Peralillo, Santa Cruz, Litueche, Chépica, Pichidegua, Paredones y San Vicente de Tagua Tagua no tendrán candidatos a concejales de Renovación Nacional, según la resolución del TER.

Uno de los argumentos del TER para rechazar la apelación de Renovación Nacional fue que “el Pacto aludido (RN) declaró candidatos a concejales en la comuna de Lolol a las 23:59:59. Luego, a las 23:59:40, declaró 55 candidatos a concejales en diversas comunas del país”. Por tanto, según este argumento, el sistema no sufrió interferencia, como sostiene el abogado Marcelo Brunet Bruce.

Otro argumento del Tribunal Electoral señala: “Renovación Nacional declaró candidaturas a las 23:59:59. Además, la declaración de candidaturas fue en aumento hasta las 24:00 horas del 29 de julio. Por otra parte, el uso de la CPU no superó el umbral del 30%, la transferencia de datos no muestra interrupciones y la conectividad de red muestra continuidad”.

Finalmente, la resolución concluye: “SE RECHAZA la reclamación de fojas 1 y siguientes, deducida en contra de la Resolución 0 N°78 del Director Regional del Servicio Electoral”. Tras esto, a Renovación Nacional solo le queda recurrir al Tribunal Calificador de Elecciones, última instancia sin posibilidad de apelación.

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